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martes, 2 de agosto de 2016


Código Penal del Estado de México y la Medicina forense: 

Delitos contra el respeto a los muertos y violaciones a las leyes de inhumación y exhumación

Artículo 224: Al que si a través de otro, oculte, destruya, mutile, sepulte, o exhume un cadáver, un feto, partes o restos humanos, sin los requisitos que exige la ley, se le impondrán de seis meses a dos años de prisión y de treinta a sesenta días multa.

Artículo 225: Al que por sí o a través de otro realice u ordene la cremación de un cadáver, feto, partes o restos humanos, sin la autorización que deba otorgar la persona legalmente facultada para ello o, en su caso, la autoridad correspondiente, se le impondrán prisión de seis a doce años y de ciento cincuenta a trescientos días multa.

Artículo 226: A los que retengan cadáveres, partes o restos humanos en una clínica, sanatorio, hospital o en otro lugar similar por mayor tiempo del aconsejado por las normas de salud con el objeto de que los familiares o deudos paguen gastos de hospitalización, atención, tratamiento u operaciones, salvo que sea por instrucciones del ministerio público o autoridad judicial que requieran la retención del cadáver para el cumplimiento de sus funciones, se les impondrán de tres meses a dos años de prisión y de treinta a sesenta días multa.

La misma pena se impondrá a la persona de alguna institución, clínica, sanatorio u hospital público o privado, que retenga un cadáver, partes o restos humanos para realizar estudios de carácter científico, sin previa autorización del ministerio público, de la autoridad judicial, de los familiares o de los deudos.

Artículo 227: También incurre en este delito quien:

I. Viole un túmulo, un sepulcro, una sepultura o féretro; y

II. Profane un cadáver o restos humanos con actos de vilipendio, mutilación, brutalidad o necrofilia.

Al responsable se le impondrán de uno a tres años de prisión y de treinta a cien días multa.

Se impondrán de cuatro a ocho años de prisión y de cuarenta a doscientos días multa, si los actos de necrofilia consisten en la realización del coito.


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